Utilización del Papel Notarial

Viernes, 22 Agosto   

Otra de nuestras iniciativas tiene por objeto el establecimiento, como en otros países, de un determinado tipo de papel, el llamado “papel notarial”, para ser utilizado sólo en las escrituras públicas y que impida las adulteraciones y falsificaciones de éstas. Esa iniciativa se basa en el hecho que el Código Orgánico de Tribunales en el art. 405 señala que el reglamento debía fijar la forma y demás características que debían tener los originales de las escrituras públicas. Nunca se ha reglamentado esa norma; entonces, la idea nuestra es establecer un tipo de papel -dado que el papel sellado dejó de usarse hace mucho tiempo- que impida lo que hoy está pasando en mayor medida de la que nosotros quisiéramos: las adulteraciones. Hoy día hay muchos notarios que están sufriendo adulteraciones de sus escrituras públicas que, en definitiva, son inscritas. Y ante eso no hay ningún control.

Esta idea todavía está en estudio en el Ministerio pero contamos con la aprobación de la Asociación de Notarios y Conservadores; hemos tenido un encuentro muy afortunado con ellos.