Insercion de Notarios y Conservadores en el Poder Judicial
Miércoles, 27 Agosto 
A largo plazo tenemos que hacer una mirada más a fondo de la organización, dependencia y algunas funciones de notarios y conservadores, medida ésta que ha sido pedida por ellos mismos. A propósito del proyecto de ley de creación del notario adjunto que salió hace algún tiempo, creo que es bueno hacer una mirada más profunda sobre cómo posicionar mejor a los notarios al interior del Poder Judicial, cómo otorgarles mayores funciones a los notarios y conservadores con el objeto de resguardar en mayor medida la fiabilidad de las inscripciones. Por ejemplo, que los notarios sean quienes inscriban las escrituras y que no sea el portador de copia autorizada el que lo haga, cosa que agilizaría este trámite y no traería ningún tipo de problemas.
También analizar la inserción de notarios y conservadores como auxiliares de la administración de justicia, cuestión que ellos han ido planteando de manera todavía larvada; es decir, cuál es su lugar dentro del sistema de justicia, si su dependencia debe estar dentro de las Cortes de Apelaciones o no, porque ellos son auxiliares de la administración de justicia pero, por ejemplo, no reciben insumos de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (todos ellos son de cargo del notario), ni asesoría de ningún tipo, tampoco cumplen metas como los tribunales. Entonces, entre otras transformaciones, es bueno establecer cuál es la real inserción de este tipo de auxiliares dentro del sistema de justicia y en eso estamos trabajando.
Una cuestión fuertemente critica es la relativa a los aranceles excesivos cobrados por notarios y conservadores
-Los aranceles, que quizás es el tema que puede interesar más a la gente. Los de los notarios y conservadores están establecidos en un Decreto del Ministerio de Justicia (Decreto Exento 587 fija el arancelo de los Notarios Públicos; el Decreto Exento 588 fija el arancel de los Conservadores de Bienes Raíces y Comercio). Los que obviamente necesitan actualización desde el punto de vista económico y de las actuaciones que realizan tanto notarios como conservadores y otro auxiliares. En efecto, los notarios y conservadores nos señalan, en primer lugar, que no están reflejadas todas las actividades que hoy día se han incorporado a su labor y que hoy día requieren ser catastradas para poder obtenerla tasa adecuada a cobrar.
Tratándose de los conservadores, el monto del arancel que está fijado por el decreto es uno fijo –un dos por mil del valor del inmueble a ser inscrito- de tal manera que si bien esto pudiese parecer gravoso para los particulares que van a inscribir la propiedad de un inmueble, resulta extremadamente barato para los grandes proyectos inmobiliarios, que no son pocos. Para esos proyectos inmobiliarios de millones y millones de pesos el valor sigue siendo el mismo que, además, tiene un tope.
Entonces, hay que mirar esta materia con cuidado.
